TRAMITES OFICIALES

Presentamos en esta página la información necesaria para realizar  los trámites de uso más corriente que pueden llevarse a cabo en este Ayuntamiento, indicando  los requisitos necesarios para acceder a los mismos y, cuando es posible, facilitamos el acceso a los correspondientes formularios para agilizar las gestiones.

Desde esta página podrá descargar o cumplimentar las instancias normalizadas, así como la información acerca de la documentación a presentar, relativas a los diferentes trámites municipales.

Para que las solicitudes formuladas a través de Internet tomen cuerpo de inicio del procedimiento administrativo deberán complementarse con los requisitos que establece el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas  y del Procedimiento Administrativo Común, con especial mención al párrafo 1.d) “Firma del solicitante o acreditación de autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio”.

Una vez cubierta la instancia y con la documentación indicada, deberá presentarlo en el Registro del Ayuntamiento. Es importante que la instancia la cumplimente por duplicado para que usted conserve una copia registrada.


Teléfono de información general : 987 54 30 06.

La relación de trámites y su documentación necesaria es la siguiente:

1.- Instancia General (Quejas o cualquier otro supuesto)

  • Presentación de  solicitud.

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2.- Solicitud de empadronamiento:

  • Fotocopia del D.N.I. o Libro de Familia para menores.
  • Extranjeros: tarjeta de residencia, pasaporte, etc.
  • Firma de las personas mayores de 18 años.
  • Presentación de solicitud.

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3.- Solicitud de certificado de empadronamiento:

  • Presentar el D.N.I.
  • Presentación de  solicitud.

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4.- Solicitud de cambio de domicilio dentro del mismo municipio:

  • Presentar el D.N.I. o Libro de Familia en su caso.
  • Presentación de  solicitud de cambio de domicilio.

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5.- Solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho:

  • Presentar el D.N.I.
  • Estar empadronado en el Ayuntamiento de Vega de Valcarce.
  • Presentar  Solicitud  de Registro de Parejas de hecho.
  • Si existen convenios también se aportarán.

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6.- Solicitud de Licencia de Obras:

  • Licencia de Obra Mayor:
  • Dos ejemplares del Proyecto  Visado por el Colegio oficial correspondiente.
  • Nombramiento de Director de Obra .
  • Nombramiento de Director de la Ejecución.
  • Estadística de Edificación y Vivienda.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Presentación de  solicitud de licencia de obras.

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  • Licencia de Obra Menor:
  • Plano de Situación conforme a la Cartografía de las NNSS de Ámbito Provincial de León.
  • Presentación de  solicitud de licencia.
  • Presupuesto de las obras a realizar.

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7.- Solicitud de licencia Ambiental:

  • Fotocopia D.N.I. del solicitante.
  • Si se trata de persona jurídica, copia de las escrituras de constitución de la sociedad, y fotocopia C.I.F.
  • Tres ejemplares de Proyecto Técnico o Memoria, firmado por titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Plano detallado de la ubicación de la actividad  indicando la distancia a vías de comunicación, al núcleo urbano, a viviendas  aisladas y a otras actividades.
  • Presentación de Solicitud.

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8.- Solicitud de Apertura de Establecimientos:

  • Presentación de solicitud de apertura.
  • Certificado de Finalización de Obra.
  • En el caso de Bares, Restaurantes y demás establecimientos sujetos a la nueva Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas de Castilla y León, seguro de responsabilidad civil a terceros.

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9.- Cambio de titularidad de establecimientos:

  • Fotocopia del D.N.I. ( si es persona física).
  • Fotocopia del C.I.F. ( si es persona jurídica).
  • Copia de escritura de constitución de la sociedad.
  • Fotocopia licencias ambiental y de apertura.
  • Presentación de solicitud.

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10.- Solicitud de licencia de Segregación:

  • Documentación acreditativa de la titularidad de la finca .
  • Plano catastral de la finca matriz.
  • Planos independientes sobre la cartografía oficial de las NNSS de la finca matriz y de las parcelas resultantes de la segregación, con indicación de la superficie en m2 y acotamiento de datos. Escala 1/500.
  • La suma de las superficies segregadas debe coincidir con la superficie de la finca matriz y , a su vez con la superficie que figura en el documento que acredite la propiedad.
  • Especificar linderos.
  • Presentación de  solicitud.

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11.- Solicitud de quema de rastrojos:

  • Presentación de  solicitud.

12.- Solicitud de inscripción en el censo canino:

  • Cartilla veterinaria.
  • Rellenar solicitud de inscripción en el censo canino.
  • D.N.I.

13.- Solicitud de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos: 

  • Fotocopia D.N.I.
  • Fotocopia del certificado de penales ( se requiere presentar el original).
  • Fotocopia del Certificado, expedido por la Junta de Castilla y León , de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3) del artículo 13 de la Ley 50/1999 de 23 de diciembre , sobre Régimen Jurídico de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
  • Resguardo acreditativo de haber formalizado seguro de responsabilidad civil.
  • Presentación de solicitud.

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14.- Solicitud de corrales domésticos:

  • Presentación de  solicitud.
  • Fotocopia de D.N.I. del solicitante.

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15.- Interposición de Recursos:

Según el Art. 110 Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deben cumplimentarse los siguientes campos: 

  • La interposición del Recurso deberá expresar:
  • El nombre y apellidos del recurrente.
  • El acto que se recurre y la razón de su impugnación.
  • Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio, y en su caso del lugar que se señale a efecto de notificaciones.
  • Órgano, centro o unidad administrativa que se dirige.
  • Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.
  • El error  en la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter.